PENA DE MUERTE

LA PENA CAPITAL
Introducción
-¿Pena de muerte?- grita Carmen, esposa de un hombre que está a punto de ser ejecutado por el consulado norteamericano, por delitos de agravio sexual contra una menor de edad-
Carmen nuevamente con furia vuelve a haces escuchar su voz -¿que hay e los político congresistas? mientras intenta defender a su esposo para que no termine en a silla eléctrica.
Perú, 09 de febrero del 2011, los medios de comunicación, impresas y audiovisuales relucen con una de las más trágicas noticias que cualquier oído haya escuchado hasta ese momento, los titulares a todos color y en gran tamaño nos muestra -!Padre viola a su hija de siete meses de nacida!- la gente sorprendida y con indignación matizado con una ira dice ¡este hombre merece la muerte! ¡No merece la vida!.
Dos historias, dos personajes, dos públicos, dos actos violentos, pero los dos con algo en común: la ejecución de la pena de muerte.
Por largos y tediosos años, el mundo a tenido que soportar acontecimientos que marcaron la vida de seres humanos que hoy culpan a Dios como el único creador de la pena capital.
Pero, ¿como es que realmente se creo la pena de muerte? ¿fue realmente el plan de Dios? ¿si es así porque? ¿donde esta la amante gracia de Dios que no quiere la muerte del impío? Y mas aun, en los tiempos actuales ¿permite Dios que los seres humanos se tomen la libertad de quitar la vida a otro hombre? Hoy en día en el mismo umbral de la era tecnológica, cuando al parecer el mundo es encandilado con la gran explosión de nuevos descubrimientos científicos, parece que estos hechos no han respondido preguntas que agobian a muchas personas que han perdido a seres queridos a causa de la decisión de otros hombres que se tomaron la plena libertad sobre la vida de otro.
En la presente investigación se pretende responder a las preguntas planteadas con anterioridad sobre los orígenes de la pena de muerte, la aplicación de ella en la Biblia, la influencia que este tuvo sobre los mandatos desde tiempo muy remotos y cual es la percepción que tiene la iglesia adventista con relación a la pena de muerte.
Definición
¿Que es la pena de muerte? Este también llamado pena Capital o pena de la vida y esto consiste en la privación de la vida o existencia física para el reo1 o como menciona Osorio “la pena de muerte es la que se concreta en la privación de la existencia física del condenado por la gravedad de su delito o por rigor persecutorio de ciertos regímenes o sistemas para sus opositores o discrepantes”2. la escuela positiva estimó la pena de muerte como una medida de seguridad que atiende al futuro del reo y de la comunidad, entonces a manera de conclusión se diría que la pena capital o pena de muerte es la enmienda, la eliminación y la defensa en favor del pueblo             3  
Origen de la pena capital
Definir con exactitud donde y cuando nació esta ley por primera vez, no es una tarea sencilla, sin embargo podemos visualizar podemos definir como este se ha ido desarrollando a lo largo de la historia así que para descubrir de este dilema esta sección se dividirá en dos partes (1) el origen de la pena de muerte en la biblia (2) el origen de la pena de muerte en la sociedad; o en todo caso descubrir si la pena de muerte ejecutada por algunos emperadores y por algunas autoridades en la actualidad es la continuidad de la ya empezada en la Biblia.                     
1. Pena de muerte en la biblia
Considerar la pena de muerte dentro de los círculos cristianos siempre ha sido un reto por descubrir cuál debe ser la posición sobre la ejecución de la pena de muerte. Por un lado están quienes creen que la Biblia apoya rotundamente la pena de muerte y más aún estos alegan que en ninguna parte de la Biblia hay una prohibición acerca de dicha práctica; sin embargo hay también quienes creen que Dios jamás desearía que uno de sus hijos muriera, este hecho es respaldado en ocasión de su mayor demostración de amor: la muerte de hijo amado. Y esto con el único propósito de que nadie perezca sino que todos procedan al arrepentimiento, su gracia es tan grande e inmenso que no se daría por vencido tan fácilmente por un hombre que para los seres humanos “merece la muerte”. Entonces la pregunta que no se hace esperar es que de cierto hay en todo esto, cual de ella está en lo cierto, si los dos aseveran tener apoyo bíblico.
Hablar del origen de la pena de muerte en la biblia es entrar en un terreno muy amplio donde sobran ejemplos de sentencias de muerte ejecutadas bajo el mandato divino, esto ha traído como consecuencia a que muchas personas culpen a Dios por que él fue el originador de todo.
Ahora, si en la Biblia hallamos ejemplos donde Dios mismo manda a matar a las personas por casos diferentes, donde está el amor de Dios por los seres humanos, donde está la libertad y la vida que Dios nos da a escoger (cf. Deut 30:19). Por ejemplo si tomamos un ejemplo clásico acerca del mandato divino con relación al apedreamiento si alguien trabaja en sábado, definitivamente caeremos en más de una paradoja, (1) ¿es que acaso los israelitas debían servir por miedo de muerte a Dios? (2) ¿la adoración no era algo que el ser humano tenía que elegir?. Las cosas se ponen aún más complejas cuando vemos la tabla de piedra escrita con el mismo dedo de Dios demandando con un rotundo “NO MATARAS”. Pero que cuando analizamos la Biblia encontramos frases como “el que haga esto, muera”
Como conciliamos todo estos texto, y como lo entendemos a la luz de que la amante gracia de Dios que es tan grande que es casi difícil de llegar al límite. Como se pudo apreciar hay muchos casos en los que la pena de muerte se da como consecuencia a la desobediencia abierta a la  ley de Dios, y es interesante la manera como se lleva este suceso, es decir mientras que por un lado Dios demanda la protección de sus hijos, también demanda que los que actúan contraria a las leyes debían ser muertos.
La aparente paradoja que halla en la Biblia puede parecer que en algunas partes Dios está de acuerdo, en otras que no está de acuerdo y en otros que simplemente se contradice (cf. Gen 9:6; Ex 20:13).
RAZONES BIBLICAS PARA APLICAR LA PENA DE MUERTE
           
1. Acto Purificador: Evitar que la sociedad se corrompiera (Num 35:30-34)
2. Acto purgatorio: Para quitar el mal en medio del pueblo (Dt 24:7 / 19:16-19, Lv 20:14)
1.                  • “A fin de purgar el mal entre ustedes”
2.                  • “De esta manera desarraigarás el mal de en medio de tu pueblo”
3. Acto persuasivo: Para que los demás aprendan del ejemplo y teman y no comentan delito (Lv 20.14, Dt 19:20 / 13:6-11)
1.                  • “Para erradicar la maldad entre ustedes”
2.                  • “Así los que se enteren sentarán temor al declarar ante una corte”
3.                  • “Entonces todo Israel oirá de ese suceso y sentirá temor de permitir ese tipo de maldad en medio de ti”
4. Acto de Justicia Divina: Para apagar el furor de Dios (Lv 20:2-5, Num 25.10-13)

LIMITACIONES EN LA APLICACIÓN DE LA PENA DE MUERTE

Las reglas en cuanto a su aplicación especifican lo siguiente:
1. La intención del crimen cometido: Sólo se penaban delitos “dolosos”, es decir, aquellos cometidos con esa intención, y no delitos “culposos”, aquellos como resultado de un accidente. El estado incluso protegía al culpable del vengador. (Num 35, 25-28)
2. La consumación del crimen: Sólo se aplicaba la pena de muerte si el crimen era consumido en su totalidad. Es decir, no se culpaba con pena de muerte la intención del delito.
3. Quien es el encargado de aplicarlo: Sólo juez competente podía dictaminar la pena de muerte (Romanos 13.1-5), y no cualquier juez o tribunal podía hacerlo, sino solamente el tribunal más alto. De igual manera, ese tribunal podía perdonar al delincuente.
4. Debe seguirse el debido proceso: Sólo podía condenarse a alguien si se seguía el proceso judicial establecido, el cual incluía prueba irrefutable del crimen, que debía ser establecido por dos o tres testigos o pruebas, nunca por una sola. (Num 35.30, Dt 17.6, 19.15).  

EL PERDÓN DEL REY O INDULTO PRESIDENCIAL
La Biblia sí menciona casos en el que el rey perdona la vida de un condenado a muerte por misericordia a este. El más notorio, es cuando David perdonó la vida de Simei el día en que fue restituido a rey luego de una rebelión. David queriendo aplicar la misericordia lo perdonó (2 Samuel 19:16-23).
Hay que hacer notar que luego su hijo Salomón cuando accedió al trono, lo aprisionó a este hombre, reconociendo el peligro y luego lo mandó a ejecutar cuando este quebrantó la ley (1 Reyes 2:36-46).


PENA DE MUERTE EN EL NUEVO TESTAMENTO
El Nuevo Testamento, en términos generales, respeta la ley penal establecida en el Antiguo Testamento, no cambiando su aplicación pero sí en busca de la transformación del corazón de las personas que viven bajo ella. Hay que hacer notar que Jesús sí estuvo frente a dos casos de pena capital, pero en ninguno de los dos casos fue juez ni acusador. Su papel se especificó a la vida espiritual de ambos.
El primer caso es de la mujer adúltera, que llevaron para apedrear, y cuya tentación era que Jesús tomara una piedra en sus manos y aplicara la pena de muerte, a lo cual El respondió con un perdón espiritual.
El segundo caso es el de los ladrones crucificados con Jesús en la Cruz, mientras uno le pedía que le quitara la pena de muerte, el otro le clamó por misericordia. En ninguno de los dos casos el Señor habló del castigo impuesto por jueces humanos, sino ofreció el perdón espiritual a aquel que lo pidió. Por lo tanto, Jesús distinguió entre dos autoridades  para perdonar pecados y la de los jueces para aplicar justicia, dedicándose únicamente al área que le correspondía.  
Jesús no abolió la pena de muerte sino respetó la autoridad delegada en los jueces, aún teniendo El el poder de cambiar las leyes. Es de hacer notar que el mismo Jesús murió en la cruz por una sentencia de muerte capital, a lo cual nunca se opuso, al igual que muchos de sus discípulos después de El. Hoy el instrumento utilizado para ejecutar la muerte espiritual es el símbolo máximo del cristianismo: la Cruz. (Romanos 13:3-5)
APLICACIONES DE LA PENA DE MUERTE EN LA BIBLIA
Como la nación hebrea era un estado religioso cuyo gobierno estaba íntimamente ligada a su moral, en la ley quedaron escritas penas capitales para distintas situaciones, una de orden criminal y otras de orden moral. Las aplicaciones para violaciones de orden estrictamente moral o religioso no caben hoy en nuestros estados laicos, algo que Jesús mismo respetó cuando vivió bajo el imperio romano, pero los de orden criminal o penal si deberían seguir aplicándose.
Los delitos castigados con la pena de muerte eran:
1. Por asesinato  (Números 35.16-21, 30-33; Deuteronomio 17.6, Levítico 24.17)
2. Por violación (Deuteronomio 22.25)
3. Por secuestro  (Éxodo 21.16, Deuteronomio 24.7)
4. Por falso testimonio en un caso en el que el castigo hubiera sido la pena de muerte para el acusado (Dt 19.16-20)
En el orden moral, podríamos dividir en tres áreas los pecados castigados con la muerte: religiosos, familiares y sexuales.
Los pecados religiosos son aquellos que son una clara oposición y rebeldía a Jehová como Dios, por lo que eran castigados con la muerte. Estos son:
1. Por ir tras dioses falsos y sacrificarles (Ex 22.20), o por incitar a otros a ir tras dioses ajenos,  (Dt 13.6-10)
2. Por ofrecer sacrificios humanos,  (Lv 20.2-5)
3. Por blasfemar el nombre de Dios, (Lv 24.11-14, 16, 23)
4. Por rehusar a vivir de acuerdo a la ley de Dios y oponerse a los sacerdotes o jueces,  (Dt 17.12)
5. Por practicar el ocultismo,  (Lv 20.27)
6. Por violar el día de reposo,  (Nm 15.32-36), (Ex 31, 14)
7. El profeta que dice cosas falsas en el nombre de Dios, mintiendo, (Dt 18.20)
Los pecados contra la familia son aquellos que menoscaban su identidad y que eran castigados con la muerte son:
1. El que hiera a su padre o su madre, (Ex 21.15)
2. El que maldiga a su padre o su madre, (Ex 21.17), (Lv 20.9)
3. Por rebeldía de los hijos a los padre, (Dt 21.18-21)
4. Adulterio, hombre como mujer, aunque sea soltero uno de los dos, (Lv 20.10), (Dt 22:20)
Los pecados sexuales castigados con la muerte son:
1. Acto sexual con la madre, la mujer del padre, la nuera o la suegra; ambos debían morir, (Lv 20.11-14)
2. La homosexualidad, (Lv 20.13)
3. Por bestialidad, pecado sexual cometido con animales; debían morir ambos, la persona y el animal (Ex 22.19), (Lv 20.15-16)[1]

Cuando en la biblia hallamos la expresión “no mataras” `xc"߆r>Ti al{ðß básicamente no esta haciendo referencia a la muerte que nosotros hoy conocemos, sino que mas bien tiene un significado matar haciéndolo intencionalmente, con malicia y hasta con alevosía. En otras palabras, este mandamiento dice literalmente “No asesinarás”.
Se debe notar que la misma ley del Antiguo Testamento no culpaba a aquellos que cometían homicidios “culposos”, es decir, accidentales o sin intención (Levítico 21.1-3, Números 35.25-28).
La pregunta que sigue vigente es que entonces ¿Dios si puede tomarse la libertad de quitarle la vida al hombre? Bueno para ellos solo necesitamos recurrir a romanos donde se nos habla de la realidad en la cual se encuentra el ser humano, “la paga del pecado es muerte” (Rom 6:23)en cierta manera, todos merecemos la muerte, porque todos pecamos, todos estamos destituidos de la gloria de Dios, la consecuencia final es la muerte. Cuando en el antiguo Israel Dios había mandado la lapidación a las personas como como consecuencias a las leyes establecida por Dios, en cierta manera hay dos cosas en cuales se puede estar basado. 1) Protección a la sociedad, de no ser influenciados 2) no permitirle al malhechor sufrir las consecuencias de sus actos aberrantes, 3) mostrarle a las personas como una anticipación de lo que podría pasarles si desobediente la ley, ahora esto podría sonar algo como autoritario o como que las personas debían guardar la ley de Dios por miedo mas que por temor, ¿una persona tenia que guardar el sábado por miedo a morir? Claro que no, si un persona no quería guardar la ley de Dios tenia que ser retirado, no siempre el transgresor era apedreado, en cierta formas las cosas variaban de acuerdo a las faltas y mas aun todo dependía de la amante gracias de Dios[2]
PAISES EN LOS QUE SE APLICA LA PENADE MUERTE
Madrid, España, feb. 22, 2005.- Sesenta de los 191 estados miembros de la ONU mantienen la pena de muerte en sus legislaciones y 29 la aplicaron en 2003, año en el que en todo el mundo se llevaron a cabo más de 5 mil 600 ejecuciones capitales. De los 60 países que aplican la pena de muerte, 47 son dictaduras o regímenes autoritarios, y en ellos tuvo lugar el 98.6 por ciento de las ejecuciones.
Entre esos estados destaca China, que con más de 5 mil ejecuciones en 2003 acumula el 89,2 por ciento de todas las llevadas a cabo en el planeta, aunque Zamparutti subrayó que Irán, donde fueron ajusticiadas al menos 154 personas, "mata tanto como China en proporción a su población"[3].





AFGANISTÁN

COREA (República) (Corea del Sur)

KAZAJSTÁN

SIERRA LEONA

ANTIGUA Y BARBUDA

CUBA

KENIA

SINGAPUR

ARABIA SAUDÍ

DOMINICA

KUWAIT

SIRIA

ARGELIA

EGIPTO

KIRGUIZISTÁN

SOMALIA

ARMENIA

EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

LAOS

SUDÁN

AUTORIDAD PALESTINA

ERITREA

LESOTHO

SUAZILANDIA

BAHAMAS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

LÍBANO

TAILANDIA

BAHRAIN

ETIOPÍA

LIBERIA

TAIWAN (República de China)

BANGLADESH

FEDERACIÓN RUSA

LIBIA

TANZANIA

BARBADOS

FILIPINAS

MALAISIA

TAYIKISTÁN

BELIZE

GABÓN

MALAWI

TRINIDAD Y TOBAGO

BENÍN

GHANA

MARRUECOS

TÚNEZ

BIELORRUSIA

GUATEMALA

MAURITANIA

BOTSUANA

GUINEA

MONGOLIA

GUINEA ECUATORIAL

MYANMAR (BIRMANIA)

UGANDA

BURUNDI

GUYANA

NIGERIA

UZBEKISTÁN

CAMERÚN

INDIA

OMÁN

VIETNAM

CHAD

INDONESIA

PAKISTÁN

YEMEN

CHILE

IRÁN

QATAR

YUGOSLAVIA (República Federal)

CHINA (República Popular)

IRAQ

RUANDA

ZAMBIA

COMORAS

JAMAICA

SAN CRISTÓBAL Y NEVIS

ZIMBABUE

CONGO (República Democrática)

JAPÓN

SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS

COREA (República Democrática Popular) (Corea del Norte)

JORDANIA

SANTA LUCÍA



LA POCISION DE LA IGLESIA ADVENTISTA SOBRE LA PENA DE MUERTE
La Iglesia Adventista no ha tomado una posición con respecto a la pena de muerte, aunque se le ha dado consideración por cuanto tiene relación con nuestra posición de no combatientes en el servicio militar. Algunos presentan el argumento de que nuestra oposición al uso de las armas dentro del servicio militar requiere por ende nuestra oposición a la pena de muerte. Sin embargo, la relación no es tan obvia.
De acuerdo con las Escrituras, un ser humano no tiene la libertad de quitar la vida a otro ser humano. Los conflictos personales, no importa cuán serios sean, no deben solucionarse de esta forma. Este concepto es claro en el Sermón del Monte y en otros lugares. Menos claro es el asunto de defensa propia en situaciones de violencia. El texto hebreo del sexto mandamiento literalmente dice: “No matarás” y se refiere a un acto causado por malicia.
Pero la pena de muerte es contingente en un proceso legal que ha examinado la evidencia y ha determinado si existe o no existe un culpable. El tratar con la violencia de otra persona o personas es el esfuerzo de una sociedad y no de un individuo. En las culturas democráticas, la muerte es reservada solamente para los actos más ofensivos, típicamente el asesinato o asesinato agravado por otras ofensas. La pena de muerte va más allá de una sencilla venganza con el fin de proteger a la sociedad de alguien que es extremadamente peligroso y que ha demostrado violencia en su carácter. Bíblicamente, no existe lugar para el vigilantismo.
Romanos 13:1-7 afirma la legitimidad de la comunidad para organizar y nombrar a personas específicas para actuar a favor de la seguridad del grupo. Este pasaje afirma la legitimidad del gobierno, advirtiendo que las amenazas a la seguridad del grupo conlleva graves consecuencias. Muchos entienden la declaración de Pablo en el versículo 4 como justificación aún en la ejecución de personas desafiantes. Dice así: “Porque es servidor de Dios para tu bien. Pero si haces lo malo, teme; porque no en vano lleva la espada, pues es servidor de Dios, vengador para castigar al que practica lo malo”. La palabra traducida aquí como siervo se aplica en otras secciones a los ministros cristianos. La mayoría de los estudiantes serios de la Biblia incluyen la pena capital dentro de este pasaje. Más allá de este punto surge la pregunta acerca de la participación de alguien en la acción de matar como agente autorizado en una acción militar. Pero esto va más allá de la pregunta inmediata que estamos considerando[4].
En Uganda, la Iglesia Adventista se opone a las sanciones contra los homosexuales
La declaración oficial de la Iglesia Adventista, emitida por Rajmund Dabrowski, Director de Comunicaciones de la denominación, dice: "El liderazgo de la iglesia notó con preocupación algunas declaraciones que supuestamente fueron hechas por el Director Ejecutivo de la Unión Misión de Uganda en relación con el Proyecto de Ley Anti Homosexual que actualmente se analiza en ese país. Estas opiniones no reflejan los valores de la Iglesia Adventista según se expresan en las declaraciones publicadas sobre conductas entre personas del mismo sexo. Los adventista continúan afirmando la dignidad y derechos igualitarios de todas las personas según se definen en las declaraciones y acuerdos internacionales relevantes sobre derechos humanos".
La Asamblea General de las Naciones Unidas, el 25 de Noviembre, 1981, adoptó la “Declaración de la Eliminación de Todas formas de Intolerancia y Discriminación Basadas en Religión o Creencia.”
Desde entonces, cada año la Comisión de Derechos Humanos ha adoptado una resolución en apoyo a la aplicación de esta Declaración para denunciar ciertos tipos de intolerencia y discriminación. Por ejemplo, en la Resolución 2002/40 la Comisión declaró que estaba seriamente inquietada por la adopción de leyes restrictivas respecto a ciertas religiones minoritarias y también por todos los ataques contra sitios santos, lugares de adoración, o santuarios.
La actual declaración escrita desea llamar la atención de la Comisión para incluir, entre otros tipos de intolerancia y discriminación expresamente mencionados en su resolución de eliminación de todas las formas de intolerancia religiosa, la forma de intolerancia más extrema: la pena de muerte para quienes deciden cambiar de religión.
La libertad de cambiar de religión es una parte indispensable de la libertad religiosa y de creencia. El derecho está proclamado explícitamente en Artículo 18 de la Declaración Universal y confirmado claramente por el Comentario General (numero 22), del Comité de Derechos Humanos, del 1997 Reporte del Enviado Especial para la Libertad de Religión o Creencia, y de varias resoluciones de esta Comisión de Derechos Humanos.
Cada persona que desea cambiar de religión, dejando atrás la antigua, tiene el absoluto derecho de hacerlo. Cambiar de religión es ejercer un derecho fundamental, el cual es claramente reconocido por la comunidad internacional.
LA PENA DE MUERTE EN EL PERU
La pena de muerte en le Perú es algo que no esta vigente, por muchas razones, según la constitución política del Perú, no hay pena de muerte sino por traición exterior a la patria[5]
la legitimidad de esta pena es motivo de polémica ya en el siglo XI en el amito de las discusiones teológicas[6]. Sobre su legitimidad y el derecho del estado para imponerle existe todavia una gran polemica y no hay acuerdo entre los tratadistas ni uniformidad en la legislacion comparada.[7]
Desventajas de la pena de muerte
Dispositivo vigente desde el 12 de julio de 1979 por mandato de la disposición general primera del título VII de la carta. Quien promulgaron el artículo 235° eliminando por completo la pena de muerte y quienes la practicaran estaria cometiendo asesinato. Aun cuando muchos creen que esta ley fue promulgado por debiblidad de carácter o falta de valor, las cosas no son nada ciertas por otro lado hay quienes creian que la pena de muerte era una manera efectiva de de hacer que otras personas temieran y cambiaran su percepcion y su forma de vivir, al fin y al cabo se cree que la pena de muerte se da con le unico propocito de que la osciedad se salve y se elimine a quien esta contagiendoa todas las personas. A decir verdad este es un pensamiento influenciado por feuerbach quien decia que “a los hombres a quienes se les orienta el derecho penal saben calcular consientemente las consecuencias agradables o no y dejaran de delinquir por defender su propio interes, esto es conocido como una “coaccion síquica” y si esto a su ves analizado desde el lene del siquiatria y el psicoanalisis criminal[8] nos mostrara adicionalmente que las personas cuando se las intimida o amenazan no suelen cambiar sino que mas bien reaccionan contraria a esto, surgeen nuevas rebeliones y demas cosas, y aun cuando muchas personas creen que la pena de muerte es una maner aefectiva de solucionar los problemas las cosas no son nada agradables cuando este acto exita a los pobladores, provoca fenomenos de sadismo social, descompone la solidadridad entre los grupos humanos.
Pero dentro de las cosas ya revisadas sobre las innumerables desventajas que trae consigo la ejecucion de la pena capital, tal vez esta sea la mas triste de todos, la muerte. Es decir una ves que una persona ya esta muerta ya no hay mas esperanza de cambio ni de oportunidad, las cosas acabaron. En grabados del siglo XVIII de Londres se ve a ocho ajusticiados publicamente por carteristas, mientras que en la gran turba de multitud otros cartristas aparecen hurgando los bolsillos de la gente. Georgia, EE.UU. James fortes fue declarado culpable de asesinato y sentenciado a morir en la silla electrica pero este fue absuelto cuando un ex-policia confeso el crimen2, en Londres, Timothy Evans fue colgado por un crimen cometido por otro llamado John Christi
en julio de 1963 un delincuente se declaro culpable de un crimen cometido ewn agosto del 1961 y por el cual se habia ejecutado a un inocente Jammes Hanrratty 3, un tribunal romano condeno a Salvatore Ablae por haber asesinado a su empleador, pero luego se comprobo que era inocente, en este caso había sido condenado a prisión y ello le salvo la vida y pudo tener una indemnización1
“La pena de muerte que no intimida que es irreparable, que a producido tremendas injusticias en distintas partes del mundo y en el pais que ensangrienta las costumbres provica sadismo social resentimientos y genere violencia es inconveniente aun desde el punto de vista frio de sus fundamentos y de los fines que se propone. Hasta en el campo de la estadistica hay muchso estados en las cuales la aplicacion de la pena de muerte a aumnetado en cierta manera el crecimiento de delitos graves”[9]
Si nos ponemos analizar, las practicas y las consecuencias sobre los efectos de la pena muerte, no son nada alentadores ya que es mejor que las personas en ves que son muertos debe trabajar a facor de la siciedad esta es la practica, de Inglaterra estos le trsnportan a las colonias, lo mismo se hace en los bastos de rusia, se a visto que los delincuentes desterrado a la Siberia son hombres de bien, lo mismo se ha notado en las colonias inglesas “obligad los hombres a trabajar y aréis que sean honrados” todo el mundo sabe no es el campo donde se cometen las grandes crímenes a menos tal vez de que haya grandes fiestas que obliguen al hombre es estar ocios osos y los conduzca a todos especia de excesos. Durante el periodo del emperador Enrique VI se deicidio que ningún juez tenía la potestad de elegir sobre la vida de otro ser humano.[10]  
En la actualidad el nuevo presidente virtual Ollanta Humala Tazo se mostro en contra rotundamente a la pena de muer dijo que “el Perú no necesita más violencia”. Y mostro que buscara nuevas tácticas para poder el orden en el Perú y que creara nuevas formas de restablecer a las personas con problemas judiciales.


1José Alberto Garrone, Diccionario manual juridico (Buenos Aires: Abeledo-Perrot, 1989), 574. 
2Manuel Osorio, Diccionario de ciencias jurídicas politicas y sociales (Bueno Aires: Henasta, 1984), 559.
3Amado Ezaine Chávez, Diccionario de derecho (Chiclayo: Ediciones juridicas Lambayecanos, 1973), 239.
[2] Un clásico ejemplo del gran amor de Dios tenemos a David quien merecia la muerte, pero Dios le concedio la vida, estaba la mujer aultera, que había sido enmcontratda en el acto mismo de adyulterio, y Jesus nos fue contraria a las oredenanzas de Mises simplemente trato de ser sencillo y dijo: “el que de vosotros este libre de pecado lance la pirmera piedra” y luego las maravillosas palabras “vete en las y no peques mas ni yo te condeno”
[3] http://www.ya.com/penademuerte/listapais (Consultado el 13 de mayo 2011)
[4] George W. Reid, http://dialogue.adventist.org/articles/08_1_kubo_s.htm (Consultado el 18 de mayo del 2011)
[5]Constitucion politica del peru (Lima: inprenta rotativa, 1978). 47.
[6]José Alberto Garrone, Diccionario manual juridico, 574. 
[7] Pedro Flores Polo, diccionario de terminos juridicos (Lima: Cientificas, 1984), 288.
[8] Para una comprencion adicional sobre la definicon basica de estos terminos vease Luis jimenes, psicoanalisis criminal (Buenos Aires: Lozada, 1942).

1Diario “expreso” de Lima 15 de diciembre de 1964, 10
2Diario “la prensa” de Lima, 10 de Julio de 1954, 11.
3Diario “expreso” de lima 11 de Julio de 1973, 9.

[9]Alberto Ruiz-Eldregde, la constitucion comentada (Lima: Atlantida, 1980), 302-303.
[10]Véase Cesar Bonesana, tratado de los delitos y de las penas (Buenos Aires: Heliasta, 1978), 185-188. Javier Valle-riestra, la jurisdiccion supranacional (lima: arte graficas, 2000). Eloy Momethiano, enfoques de los recursos inpugnatorios en el nuevo codigo porcesal penal (lima: san marcos, 1994).  Luis jimenes, la ley y el delito (buenos aires: sudamericana, 1958). Jose petronio, codigo de procedimientos penales y leyes complemetarias (Lima: Lumen, 1990). F. Bonilla, codigo de procedimientos penales (lima: la confianza, 1971). Comicion andina de juristas, la constitucion de 1993, analisis y comentarios II (lma: visual service, 1995). Jorge power, indice analitico de la constitucion politica del peru de 1979 (lima:andina, 1981).

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